La Ley 7/2022 de 8 de Abril sobre Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular, en su disposición adicional decimocuarta, obliga a los ayuntamientos a realizar un inventario público de instalaciones y emplazamientos que contengan amianto

En el plazo de un año desde la entrada en vigor de la ley, los ayuntamientos elaborarán un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto incluyendo un calendario que planifique su retirada. Tanto el censo como el calendario, que tendrán carácter público, serán remitidos a las autoridades sanitarias, medioambientales y laborales competentes de las comunidades autónomas, las cuales deberán inspeccionar para verificar, respectivamente, que se han retirado y enviado a un gestor autorizado. Esa retirada priorizará las instalaciones y emplazamientos atendiendo a su grado de peligrosidad y exposición a la población más vulnerable. En todo caso las instalaciones o emplazamientos de carácter público con mayor riesgo deberán estar gestionadas antes de 2028

El ayuntamiento de Arija proporciona en este sitio web un Censo Preliminar para cribar y priorizar los edificios que contengan amianto por nivel de riesgo, así como un mapa público para la ciudadanía.